Noticias

La nueva constitución tunecina garantiza la igualdad entre los géneros

Miembros de la Asamblea Nacional Constituyente asisten a una reunión sobre salud y derechos reproductivos organizada por el UNFPA, en mayo de 2014. Fotografía: UNFPA/Delphine Lavaissiere
  • 17 de septiembre de 2014

TÚNEZ/NUEVA YORK – La adopción por parte de Túnez de una constitución que garantiza la igualdad de derechos y de protección ante la violencia por razón de género constituye un enorme paso adelante para mujeres y niñas, afirma Meherzia Laabidi, vicepresidenta de la Asamblea Nacional Constituyente del país. Pero todavía queda mucho trabajo por hacer, dado que las leyes discriminatorias siguen presentes en los libros y existen escasos mecanismos de aplicación.

La Sra. Laabidi, la política con más experiencia de la cámara, desempeñó un papel importante en la negociación del texto del artículo 46, disposición de la constitución que protege los derechos y la igualdad de las mujeres. Según la Sra. Laabidi, su adopción también fue consecuencia de la reivindicación de la sociedad civil, incluido el UNFPA, que “proporcionó el espacio para que las partes interesadas activas de distintos orígenes y con distintas opiniones se reuniesen, debatiesen cuestiones relacionadas con la violencia por razón de género y se escuchasen las unas a las otras”.

Actualmente el UNFPA está trabajando con los funcionarios para contribuir a revisar y aplicar nuevas protecciones para mujeres y niñas.

Un compromiso constitucional

Meherzia Laabidi, vice presidente de la Asamblea Constituyente Nacional de Túnez, ha desempeñado un importante papel para garantizar que en la nueva constitución se incluyen la igualdad y la protección de las mujeres. Fotografía: UNFPA/Delphine Lavaissiere

Una encuesta nacional realizada en 2010 reveló que aproximadamente el 48% de las mujeres habían soportado al menos un tipo de violencia en su vida. No obstante, en contadas ocasiones lo denunciaban y únicamente perseguían a los autores en el 17% de los casos. De las mujeres encuestadas, el 73% afirmó considerar que no podían esperar ningún tipo de ayuda por parte de las autoridades ni de los servicios oficiales.

Desde 2009, el UNFPA ha trabajado con distintos asociados para facilitar la redacción del artículo 46. El UNFPA —que respalda los servicios para los sobrevivientes de la violencia por razón de género— recopiló datos sobre discriminación y violencia contra las mujeres y realizó una revisión de la legislación existente.

Los datos generados a través de estos ejercicios contribuyeron a demostrar la necesidad de que existan protecciones legales para las mujeres, y aportaron información para la redacción de la nueva constitución, que fue promulgada el 27 de enero de 2014.

El artículo 46 define de forma clara el compromiso del Estado con la protección de las mujeres y las niñas ante la violencia por razón de género. En palabras de la Sra. Laabidi, “en él se adoptan todas las medidas necesarias para erradicar la violencia contra las mujeres”. Y respecto a este punto, añade: “nadie [dentro de la Asamblea Constituyente Nacional] lo rebatió”.

El artículo 46 también demanda la igualdad entre los géneros, incluida la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres. Esta disposición generó un debate considerable relativo a las tradiciones, las normas sociales y las expectativas.

No obstante, tras un minucioso debate, la Constitución se aprobó por abrumadora mayoría, incluido el artículo 46. Más del 90% de la Asamblea votó a favor.

Los retos que quedan por resolver

La labor de los juristas aún está lejos de estar completa.

Un análisis de las leyes tunecinas concluido en diciembre del año pasado por el UNFPA y el Secretario de Estado de Asuntos de la Mujer y la Familia demostró que son muchas las leyes que no garantizan justicia para las víctimas de la violencia y el abuso.

Por ejemplo, la actual legislación pasa por alto cuestiones como la violación conyugal, el incesto y la trata. Incluso, en determinadas circunstancias, los autores de la violencia pueden evitar por completo ser procesados y castigados —como cuando un violador se casa con una víctima menor—.

Además, a los sobrevivientes de la violencia por razón de género no se les proporciona protección de forma sistemática, ni existen medidas generales para facilitar su acceso de a la asistencia jurídica.

Próximos pasos

El paso siguiente es la aplicación del artículo 46 y la creación y revisión de leyes que aborden la violencia y la desigualdad de género. De hecho, actualmente se está redactando una legislación integral para abordar la violencia por razón de género con el apoyo del UNFPA.

El UNFPA también respaldó al Secretario de Estado en la revisión de las reglamentaciones para la creación y la gestión de albergues para los sobrevivientes de la violencia y está contribuyendo al desarrollo de un mapa interactivo de servicios para las mujeres vulnerables.

A partir de 2015, el UNFPA también trabajará con el Secretario de Estado y con organizaciones no gubernamentales para reforzar las capacidades de los albergues existentes y abrir otros nuevos en determinadas regiones.

Pese a los numerosos retos que todavía quedan por resolver, la Sra. Laabidi confía en que prevalezca la igualdad. “El artículo 46 tendrá un efecto positivo tanto sobre la legislación como sobre el comportamiento”, comenta al UNFPA.

“Este artículo pretende aportar una mayor igualdad entre hombres y mujeres, y preparar el camino para una sociedad en la que todos digamos no a la violencia”, añadió.

Utilizamos cookies y otros identificadores para mejorar su experiencia en línea. Al utilizar nuestro sitio web usted acepta esta práctica, consulte nuestra política de cookies.

X